Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
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09 de junio del 2025

Disponible en la página web del ministerio hasta el 27 de junio

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Con este paquete de modificaciones de disposiciones normativas, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación avanza para hacer efectiva la aplicación del Plan Estratégico de la PAC

Las modificaciones propuestas buscan reconocer los sistemas agrivoltaicos, flexibilizar la aplicación de los ecorregímenes y simplificar las intervenciones sectoriales hortofrutícola y vitivinícola

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha iniciado hoy el trámite de audiencia e información pública para modificar el Real Decreto 1048/2022, por el que se establece el sistema de gestión y control de las ayudas de la Política Agraria Común (PAC), así como otras disposiciones normativas relacionadas con los derechos de ayuda básica a la renta, el régimen de penalizaciones y las intervenciones sectoriales del vino y de frutas y hortalizas. Esta iniciativa se enmarca en el proceso de revisión y adaptación continua del Plan Estratégico de la PAC) 2023-2027.

 

COMPATIBILIDAD DE SISTEMAS AGRIVOLTAICOS CON LAS AYUDAS PAC

Entre las principales novedades previstas, se incluye el reconocimiento de los sistemas agrivoltaicos como superficies potencialmente admisibles a efectos de las ayudas de la PAC, siempre que se mantenga el carácter prioritario de la actividad agraria. Esta medida responde a la necesidad de fomentar modelos sostenibles de producción agrícola y energética, sin comprometer el uso agrario del suelo. Los criterios técnicos que garanticen la compatibilidad entre ambos usos se definirán posteriormente.

 

Esta medida representa una flexibilización que permitirá a más agricultores acogerse a las ayudas y que ofrece nuevas oportunidades de diversificación de sus ingresos sin comprometer el uso agrícola de las tierras.

SIMPLIFICACIÓN Y MEJORAS TÉCNICAS EN LOS ECORREGÍMENES

La propuesta también contempla ajustes en los ecorregímenes que tienen como objetivo facilitar la aplicación de éstos por parte de los agricultores y mejorar su coherencia ambiental. Así, se elimina la exigencia de mantener en verano una cubierta vegetal mínima del 20 % de la anchura libre de la proyección de copa en cultivos leñosos, en coherencia con las flexibilidades introducidas en el año 2024 para los secanos.

 

Asimismo, se establece un porcentaje único del 7 % de espacios de biodiversidad para explotaciones mixtas que combinen distintos tipos de tierras, lo que simplifica la gestión y elimina complejidades asociadas a la aplicación de coeficientes diferenciados y a la necesidad de colindancia en determinados casos.

 

También se amplía el listado de especies mejorantes válidas para la práctica de rotación de cultivos y se permite la inclusión de leguminosas plurianuales en zonas de no cosechado. De esta forma se amplían las opciones de planificación agronómica y una mayor adaptabilidad a las condiciones locales y a las necesidades técnicas de los agricultores, al tiempo que se mantiene el objetivo ambiental de la medida.

 

SIMPLIFICACIÓN EN LAS INTERVENCIONES SECTORIALES

Se prevén modificaciones en los reales decretos 857/2022 y 905/2022 para adaptar las intervenciones sectoriales de frutas y hortalizas (ISFH) y del sector vitivinícola (ISV) a las nuevas condiciones del Plan Estratégico de la PAC.

 

En el caso del ISFH, se introducen disposiciones para asegurar la compatibilidad de los ecorregímenes con las acciones medioambientales coincidentes de los programas operativos de las organizaciones de productores durante un periodo transitorio y se amplía el alcance de las actividades de I+D+i a toda la cadena de valor del producto bajo el control de estas entidades. Igualmente, se alinea la definición de filial con la normativa Unión Europea (UE) y se mejora la aplicación de los programas operativos para adecuar sus modificaciones a una planificación plurianual.

 

En cuanto al ISV, los ajustes se orientan a mejorar la ejecución presupuestaria mediante la modificación de fechas para la comunicación de previsiones financieras, la clarificación de disposiciones sobre estimación de ejecuciones en promoción en terceros países y el ajuste de la redistribución de fondos entre comunidades autónomas.

 

Así mismo se realizan modificaciones en otros reales decretos relativos a la aplicación de la PAC tras la experiencia en los dos primeros años de vigencia del Plan Estratégico, con la incorporación de aclaraciones en el texto que se han considerado necesarias, como las siguientes:

 

  • Se establecen algunas especificidades en lo que respecta a las cesiones de los derechos de ayuda básica a la renta, reguladas en el Real Decreto 1045/2022. En concreto en lo que se refiera a las cesiones de la reserva nacional y a los casos en los que el cedente es un agricultor que se incorpora a la actividad agraria.

 

  • Se precisa el alcance del sistema de gestión y control de las intervenciones del Plan Estratégico desarrollado por el Real Decreto 1047/2022, al mejorar el intercambio de información entre las distintas administraciones. A la vez, se realizan adaptaciones de los controles para ajustarlos a la actualización de la normativa sectorial y simplificar las actuaciones que hay que llevar a cabo.

 

  • En el Real Decreto 1048/2022 se introducen algunos cambios adicionales respecto a la gestión y control de la disponibilidad de las parcelas declaradas por el agricultor en la solicitud única o los plazos para subsanar deficiencias de las solicitudes.

 

  • Se realizan adaptaciones en el régimen de penalizaciones establecidas en el Real Decreto 147/2023 con el fin de clarificar las aplicables en materia de condicionalidad social, así como las establecidas en la nueva Intervención Sectorial Apícola.

 

                           El procedimiento de consulta pública, que está disponible en este enlace, permanecerá abierto desde hoy, lunes 9 de junio, hasta el próximo día 27, ambos inclusive.

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